PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDAS A LA CONTRATACIÓN PARA DESEMPLEADOS

Las delegaciones de Asuntos Sociales y Fomento de Empleo, áreas dirigidas por Patricia Recio y Manolo Gil respectivamente, informan del Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía. Gracias a esta iniciativa, se va a proceder a la contratación laboral por un período de entre quince días y tres meses (en función de las personas que reúnan los requisitos) con cargo al Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía, regulado por el Decreto-Ley 8/2014, de 10 de junio de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía.

Los aspirantes deberán cumplir una serie de requisitos, como estar empadronados en Manilva; Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa se encuentren en situación de demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo y no hayan trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud y que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa pertenezcan a una unidad familiar donde concurran las siguientes circunstancias:

Que al menos un año antes de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa todos las personas que componen la unidad familiar hayan estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de género y las personas andaluzas retornadas; Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar sea Inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), para unidades familiares de una sola persona 532,51 € mes, en el caso de unidad familiar de dos personas 692,26 € mes, cuando sean tres, no se deberá superar los 798,76 € mes y cuatro o más 905,27 € mensuales.

A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses

anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Programa.

Podrán accede también las personas que formen parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante informe realizado por la persona trabajadora social de los Servicios Sociales Comunitarios. El informe social solo se emitirá si la persona solicitante cumple los requisitos señalados en este artículo.

Los interesados deberán presentar una solicitud junto a Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en su caso, del Número de Identidad de Extranjero (NIE) de la persona solicitante; En el supuesto de matrimonio con o sin descendencia, o familias monoparentales con hijos o hijas, el correspondiente libro de familia. En su caso, documentación acreditativa de la relación de tutela, guarda o acogimiento familiar; En el supuesto de uniones no matrimoniales, certificación de estar inscritos en el Registro de Parejas de Hecho que corresponda, o acreditación suficiente por otros medios de su relación de convivencia, y si se tuviesen descendencia, además, el libro de familia.

Deberá presentarse también Certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento acreditativo de que todas las personas que constituyen la unidad familiar cumplen con el requisito definido en el artículo 8.b).1.º del presente Decreto-ley; Declaración expresa responsable de la persona solicitante de los ingresos netos percibidos por todas las personas componentes de su unidad familiar durante los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud; Informe de períodos de inscripción que acredite que la persona solicitante figura como demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo el día de la presentación de la solicitud para acogerse al Programa, Además de Informe de vida laboral de la persona solicitante en el que se refleje el año anterior a la solicitud. -El modelo de solicitud podrá recogerse en el Ayuntamiento de Manilva (Registro General) y en la Delegación de Bienestar Social del Ayto. de Manilva (Edificio Usos múltiples de Sabinillas). El plazo para presentación de solicitudes y documentación será de 10 días desde el día siguiente a la publicación de estas bases, en horario de nueve de la mañana a dos de la tarde en cualquiera de los registros oficiales del Ayuntamiento de Manilva.

A partir de la fecha de finalización de entrega de documentación, se valorarán las solicitudes por los servicios sociales comunitarios, aprobándose una relación provisional de los candidatos que será publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Manilva.

El plazo de subsanación de solicitudes será de 3 días hábiles a partir de la publicación provisional.

Finalizado el plazo de subsanación se procederá a la aprobación definitiva de la relación de admitidos, publicándose en el tablón de anuncios y demás medios de comunicación municipales.

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