APROBADOS LOS PLANES DE REESTRUCTURACIÓN Y RECONVERSIÓN DE VIÑEDOS PARA LA CAMPAÑA 2013-2014.

El programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español, establece el régimen de ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedos destinados a la producción de uva para vinificación.

En el ámbito de la comunidad Autónoma de Andalucía, la orden de 26 de julio de 2012, establece el procedimiento para la aprobación de los planes y las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en la reestructuración y reconversión del viñedo y ha desarrollado esta materia conforme a lo previsto en la normativa estatal. Por ello, el régimen establecido en la orden ha de ser aplicado en la actualidad según lo dispuesto.

Por todo ello se ha resuelto efectuar la convocatoria pública para la aprobación de planes de reestructuración y reconversión de viñedos para la campaña 2013-2014.

Las solicitudes de aprobación de planes deberán formularse en los modelos habilitados para ello, en la orden de 26 de julio de 2012, por la que se establecen normas de aplicación de las ayudas del régimen de reestructuración y reconversión del viñedo, estando disponibles en las Delegaciones Territoriales de
Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, en las oficinas comarcales Agrarias, y en la página web de la consejería en la dirección que aparece en pantalla.

Las solicitudes se podrán presentar en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Plataforma de Relación con la ciudadanía Andaluza en la dirección web reflejada en pantalla, en el apartado de catálogo de trámites, así como en la oficina Virtual de la página web de la consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente.

También se podrá realizar en las Delegaciones Territoriales de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente o en las oficinas comarcales Agrarias dependientes de la misma en cuyo ámbito territorial se encuentre la mayor parte de la superficie objeto de la reestructuración y de la reconversión, sin perjuicio de que puedan presentarse en los registros de los demás órganos y en las oficinas que correspondan, de conformidad con lo dispuesto.

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